Naturaleza y normas generales:
A fin de lograr más eficazmente la realización de la vocación misionera en la Iglesia, el Instituto de Misiones Extranjeras de Yarumal acepta la colaboración de Clérigos y Laicos que quieran dedicarse al servicio de las misiones en calidad de asociados temporalmente (Constituciones No. 20).
Los asociados, sin pertenecer al Instituto, siguen un reglamento especial y están bajo la coordinación del Superior General del IMEY. Este reglamento debe señalar claramente los derechos y deberes a que da lugar su compromiso, así como el tiempo de preparación que deben cumplir (Directorio No. 20).
El IMEY, fiel a los fines propuestos por su Fundador, Monseñor Miguel Ángel Builes y expresados en las Constituciones y en el Directorio, acoge como ASOCIADOS a Clérigos y Laicos que quieran comprometerse temporalmente “al servicio de la evangelización para implantar el Reino de Dios entre los pobres que no conocen a Cristo o lo conocen imperfectamente” (Constituciones No 4).
Quienes se asocian al IMEY como Clérigos, deben ser conscientes de que su trabajo lo realizan a partir de un compromiso de Fe adquirido en el Sacramento del Orden, el cual tiene una dimensión esencialmente misionera, además deben ser conscientes que el Instituto es una instancia privilegiada para realizar eficazmente dicha dimensión.
El Instituto, por su parte, les hará participes de su carisma, de su espiritualidad, de su actividad apostólica, al mismo tiempo que les facilitará un ambiente comunitario y fraternal, respetando su propia identidad y garantizándoles la satisfacción de sus necesidades vitales, como son: subsistencia, techo y salud.
RELACIÓN ENTRE LA DIÓCESIS O COMUNIDAD REIGIOSA DE ORIGEN Y EL IMEY.
Relaciones entre la diócesis o Comunidad Religiosa de origen del Sacerdote Asociado y el Instituto de Misiones de Yarumal:
Si la Diócesis o Comunidad Religiosa, consciente de su deber misionero, desean emplear el IMEY como puente o instancia válida para la realización práctica del compromiso misionero de sus clérigos, entonces se llegará a un convenio entre las tres partes implicadas, a saber: Diócesis o Comunidad Religiosa, Clérigo asociado y el IMEY, convenio que se plasmará en un contrato tripartito.
Si el Clérigo lo hace “motu proprio”, debe presentar al Superior General del IMEY, por escrito, el permiso de su Obispo o Superior, en el cual conste la autorización y el compromiso de reinserción a la Diócesis o Comunidad Religiosa, una vez terminada la experiencia misionera. En este último caso el IMEY y la Diócesis o Comunidad Religiosa de origen, se exoneran de mutuas obligaciones.
1. Para ser admitido, como Clérigo asociado en el IMEY, se requiere petición escrita dirigida por el interesado al Superior General.
2. Para firmar el contrato, como Clérigo asociado, éste debe obtener por escrito, el permiso de su Obispo diocesano, si está incardinado a una Diócesis, o del Superior Mayor si pertenece a un Instituto de Vida Consagrada o a una Sociedad de Vida Apostólica. Este permiso no significa excardinación de la Diócesis o del Instituto (Cánones 271, 784).
1- Fundamentación Bíblica... la misión tarea de todos, no solamente de unos escogidos.
La misión, si pudiéramos decir así, aparece a lo largo del A.T. como tarea de todos y no solamente de unos escogidos (Gn 12,1-9; 15,1-7; Ex. 3, 1-15; 1Sam 3, 1-21; Is. 6, 1-13; 49, 1-6; 61, 1-3; Jer 20,7-13; 18,1-12
Los Misioneros Anunciamos a Jesucristo entre quienes no lo conocen y entre ellos a los más pobres. Nos proponemos ser discípulos de Jesucristo, comprometidos en el anuncio del Reino de Dios.” (Aparecida 134)
¿Te gustaría emplear algunos años de tu vida al servicio de las Misiones en Colombia y el mundo? Este proyecto le brinda la oportunidad de vincularse temporalmente a un proyecto misionero y hacer realidad tus sueños.
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Sacerdotes diocesanos pueden vincularse a nuestro Instituto de misiones a través de este proyecto para vivir una experiencia de misión Ad Gentes en una región marginada de Colombia, América Latina, Africa o Asia.
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